Las comunidades de vecinos suelen dar mucho más trabajo del que uno se puede imaginar. Por eso es necesario contar con ayuda adecuada. En nuestro despacho vas a encontrar a un administrador de fincas en Hortaleza (Madrid) que puede ayudarte a controlar todo lo relativo a la gestión de tu comunidad. Y en esta entrada nos vamos a detener en uno de los puntos más importantes, las juntas de propietarios, para explicarte cómo se pueden impugnar en caso de que no estés de acuerdo con las resoluciones adoptadas.
Para la impugnación de la Junta es necesario que se cumplan tres requisitos. En primer lugar, deben ser contrarios a la Ley o a los estatutos de la propia comunidad. Un segundo caso para impugnarlos es que resulten gravemente lesivos para los intereses de la comunidad en beneficio de uno o varios propietarios. Por último, pueden ser impugnados si suponen un grave perjuicio para un propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo.
Los propietarios que pueden impugnar unos acuerdos de la junta de vecinos son los que hayan salvado su voto en dicha Junta. Eso sí, es necesario que estén al corriente del pago de las cuotas de la comunidad.
Además, el plazo para impugnar los acuerdos es de tres meses. En el caso de los que sean contrarios a la Ley o a los estatutos se amplía a un año.
Si necesitas ayuda para una correcta gestión de tu comunidad de vecinos te aconsejamos que acudas a un administrador de fincas y en Hortaleza (Madrid) puedes confiar en el nuestro.
En la Asesoría Eurogestión encontrarás a un gran equipo de profesionales con amplia experiencia para ayudarte en todo lo que necesites en tu comunidad.